La Corte Suprema volverá a tratar este viernes la controversia generada por la Ley de Tierras, que fue derogada por el decreto de necesidad y urgencia 70/23 del presidente Javier Milei, confirmaron fuentes judiciales a Clarín. El máximo tribunal convocó a un acuerdo extraordinario a las 9 para analizar un nuevo planteo que podría derivar en una nueva medida cautelar y restablecer los límites a la compra de campos por parte de extranjeros.

La convocatoria, dispuesta por el presidente del tribunal, Horacio Rosatti, se concreta pocos días después de que la Corte revocara un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU de Milei que en diciembre de 2023 derogó la ley 26.737. Aquella decisión, fundada en una cuestión procesal, desató críticas de sectores de la oposición y abrió una ofensiva parlamentaria para intentar dejar sin efecto el decreto.

El nuevo expediente plantea una cuestión distinta. La presentación fue realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. Los demandantes pidieron que el máximo tribunal precise si su fallo anterior alcanza también al amparo colectivo que ellos promovieron contra la derogación de la ley.

La diferencia es clave porque mientras el caso del Centro de Excombatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM), sobre el que se pronunció la Corte la semana pasada, invocaba la defensa de la soberanía nacional, los nuevos demandantes sostienen que su reclamo se apoya en derechos colectivos vinculados con la protección ambiental y los territorios ancestrales de los pueblos originarios.

La Cámara Federal de La Plata había tramitado ambas acciones como causas conexas. Sin embargo, los impulsores de la nueva presentación sostienen que tienen una legitimación propia, diferente de la del CECIM, y que el fallo anterior no debería cerrar su reclamo.

La Corte deberá definir ahora qué tratamiento le da a ese planteo de aclaratoria. Una posibilidad es devolver el expediente a los tribunales federales donde se inició el planteo. Otra, de carácter excepcional, es que el propio máximo tribunal intervenga sobre la medida cautelar solicitada.

La resolución del caso sumará a los tres miembros de la Corte, Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, a los camaristas Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, designados por sorteo como conjueces.

La convocatoria de los dos magistrados responde a las diferencias internas sobre cómo avanzar con el expediente. Para que haya una sentencia se necesitan tres votos, y los desacuerdos entre los ministros llevaron al tribunal a ampliar su integración para esta causa.

Además, la Corte aceleró los plazos procesales. Redujo de 72 horas a 24 horas el período para que las partes pudieran recusar a los conjueces y habilitó días y horas inhábiles. La decisión dejó el expediente en condiciones de ser tratado con rapidez.

La definición puede tener consecuencias políticas inmediatas. Tras el fallo anterior, los bloques opositores impulsaron una sesión especial en la Cámara de Diputados para debatir la derogación del DNU 70/23 en su conjunto, y no solamente del artículo referido a la Ley de Tierras. Una nueva decisión de la Corte podría modificar el escenario de esa discusión parlamentaria, aunque el alcance de una eventual cautelar dependerá de lo que resuelva el tribunal. La derogación de la ley por el decreto presidencial y la validez de las medidas judiciales que cuestionan esa decisión son cuestiones relacionadas, pero no idénticas.



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