El Gobierno oficializó este martes su pedido ante el Tribunal Internacional del Derecho del Mar para que este ordene medidas cautelares al Reino Unido que impidan el avance de la explotación de hidrocarburos en la cuenca Malvinas Norte, donde se desarrolla el proyecto petrolero Sea Lion.

Clarín había anticipado la semana pasada que así sería al vencerse el ultimátum de la administración de Javier Milei a Londres para que cesaran las actividades unilaterales en las Malvinas o de lo contrario se iniciaría esta presentación judicial que es histórica, y que hace años venían aconsejando algunos juristas afuera y dentro del país.

El escrito presentado por los letrados que aconsejan y representan a la Argentina ante el TIDM, y con la participación de la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy, y el Consejero Legal de la Cancillería argentina tiene 49 páginas. Clarín accedió al escrito en las páginas del Tribunal, conocido también por sus siglas ITLOS.

El pedido no se limita a detener las perforaciones. También apunta a impedir que el avance del proyecto y las decisiones administrativas que lo acompañan alteren las condiciones en las que deberá discutirse el conflicto.

Según sabe Clarín del funcionamiento del Tribunal, que en 2012 fue el que ordenó a Ghana que dejara a la Fragata Libertad volver a la Argentina -había sido retenida en a pedido de los llamados “fondos buitre” que buscaban embargarla- el TIDM fijará primero las audiencias, probablemente en noviembre. Unas semanas después habrá una decisión sobre las medidas cautelares.

El Tribunal Del Mar no tratará en absoluto la cuestión de la soberanía de las Islas del Atlántico Sur. Pero de concederle la razón a la Argentina será un triunfo enorme e histórico y, además, de cumplimiento obligatorio para el Reino Unido.

Del documento leído se desprende el pedido para que se ordenen cuatro medidas concretas.

-Frenar el proyecto Sea Lion, que estaría listo para empezar en 2027: impedir el comienzo o la continuación de la explotación de hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte.

-Restringir el uso de la información obtenida: evitar que los datos y conocimientos reunidos durante la exploración de los recursos naturales del área en disputa sean utilizados en perjuicio de los derechos argentinos o transferidos a terceros con ese propósito.

-Proteger el medio marino: impedir que el accionar británico obstaculice el cumplimiento de las obligaciones argentinas de preservar y proteger el ambiente marino.

-Evitar nuevas decisiones unilaterales: exigir que el Reino Unido se abstenga de adoptar otras medidas que agraven la controversia, en particular la concesión de nuevos permisos de explotación en la plataforma continental disputada.

El Gobierno expuso en esas páginas su argumento jurídico: sostiene que Londres no puede explotar unilateralmente los recursos naturales de una plataforma continental cuya soberanía está en disputa y que la puesta en marcha del emprendimiento podría generar consecuencias irreversibles antes de que exista una solución al conflicto.

La presentación, fechada el 13 de octubre, no busca que el Tribunal del Mar resuelva ahora a quién pertenecen las Islas Malvinas. La estrategia argentina consiste en obtener una decisión urgente que preserve los derechos que invoca sobre la plataforma continental mientras se tramita el arbitraje internacional iniciado el 28 de septiembre, conforme al Anexo VII de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR).

El Gobierno invoca el artículo 290, inciso 5, de esa convención, que habilita al Tribunal a disponer medidas provisionales mientras todavía no se haya constituido el tribunal arbitral encargado de tratar la controversia. Para la Argentina, la urgencia está dada por la proximidad de las operaciones petroleras y por el riesgo de que la explotación consolide una situación de hecho difícil de revertir.

El argumento central: evitar un hecho consumado. En el comunicado de prensa subido por el TIDM también a sus páginas afirma que Argentina “solicita al tribunal arbitral que Declaran que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por unilateralmente haber autorizado la exploración y explotación de recursos naturales en las zonas marítimas rodeando las Malvinas, Georgias del Sur y las Islas Sandwich del Sur, y por negarse a resolver la disputa así surgida con la República Argentina”:

Dice que en su acusación, el Reino Unido

(1) incumple la obligación internacional de respetar la soberanía y Derechos soberanos de la República Argentina sobre las áreas marítimas, de acuerdo con Artículos 2, 56 y 77 de la CONVEMAR;

(2) incumple la obligación de abstenerse de tomar medidas unilaterales de Exploración y explotación de los recursos naturales de las zonas marítimas sujetas a un disputa internacional entre los dos Estados en el marco del proceso de descolonización regido por las Naciones Unidas

(3) incumple las obligaciones establecidas en la Parte XII de la CONVEMAR al evitar La República Argentina de cumplir con sus obligaciones de proteger y preservar el medioambiente marino en virtud de los artículos 192 y 194 de esa Convención con respecto a las áreas marítimas en disputa;

(4) incumple la obligación de resolver disputas internacionales por medios pacíficos y en particular las disputas relativas a la interpretación o aplicación de CONVEMAR según lo dispuesto en los artículos 279 y 300 de la Convención y en el artículo 2, Párrafo 3, de la Carta de las Naciones Unidas.

Argumentos mucho más allá del petróleo

Aunque se sabe que no es jurisdicción del TIDM ni de la CONVEMAR, que fue creada por las Naciones Unidas, tan criticadas por Milei, en su escrito los especialistas argentinos se despacharon con toda la batería jurídica de la soberanía y más allá.

Porque el escrito busca responder al argumento británico de que las actividades hidrocarburíferas son legales porque están autorizadas y reguladas por las autoridades de las islas.

Entonces, la Argentina vuelve a apoyarse en las históricas resoluciones 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 1965, y 31/49, de 1976. La primera reconoció la existencia de una disputa de soberanía entre ambos países e instó a encontrar una solución pacífica mediante negociaciones. La segunda llamó a las partes a abstenerse de adoptar decisiones que implicaran modificaciones unilaterales de la situación mientras continuara el proceso recomendado por la Asamblea General.

El Gobierno sostiene que el Reino Unido no puede invocar el principio de autodeterminación para eludir las obligaciones que, según la interpretación argentina, se desprenden de esas resoluciones y del derecho internacional. También rechaza como argumento decisivo el referéndum de 2013 organizado por las autoridades británicas de las islas.

La presentación utiliza como referencia el proceso de descolonización de Chagos y el dictamen consultivo de la Corte Internacional de Justicia de 2019 sobre ese archipiélago. La intención es reforzar la tesis de que los órganos de las Naciones Unidas tienen un papel relevante en la supervisión de los procesos de descolonización.

Se trata de la posición jurídica argentina expuesta ante el Tribunal, no de una conclusión que el organismo haya adoptado: la cuestión de la soberanía continúa controvertida entre ambos países.



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