Mientras el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) rechazó los argumentos de los hijos de la ex Presidenta, con los que buscaban evitar el avance de la justicia sobre el departamento de la calle San José 1111, otras propiedades de la familia y los 5,5 millones de dólares que estaban en la Caja de Seguridad nombre de Florencia Kirchner, la Cámara Federal de Casación Penal dejó firmes los embargos preventivos sobre ese inmueble y las divisas. La medida cautelar alcanza a inmuebles de Hotesur y Los Sauces SA, las empresas de la familia Kirchner.

El objetivo del decomiso es recuperar el producido del delito. Es decir, en el caso Vialidad -causa por la cual Cristina Kirchner está presa en San José 1111-, en cumplimiento de la condena por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, se deben cubrir 685.000 millones de pesos.

Dicha cifra corresponde al perjuicio cometido en contra de las arcas públicas a través de la maniobra defraudatoria corroborada alrededor de las 51 licitaciones viales que, en suelo santacruceño, fueron adjudicadas a Lázaro Báez. Las obras contaban con un sobreprecio promedio del 65%, el empresario y ex socio comercial del matrimonio Kirchner, contó con circuitos exclusivos de pago y hubo licitaciones simuladas, entre otras irregularidades determinadas.

De la sentencia por corrupción con carácter de efectiva, sólo resta proceder en el avance del recupero del producido del delito.

La tarea de identificación de bienes para el decomiso quedó a cargo del Ministerio Público Fiscal, representado por Luciani. A la fecha, relevó 252 propiedades factibles de ser decomisadas, 46 automotores, 4 motos, 2 embarcaciones y más de cinco millones de dólares. Todo ello se divide entre la primera tanda de bienes a decomisar, pedido que se formuló el 12 de septiembre de 2025 y que ya tiene sentencia del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), responsable de ejecutar la pena y la confirmación de la Cámara de Casación.

La palabra final sobre la primera tanda de decomisos -que integraban 111 bienes- está en manos de la Corte Suprema de Justicia.

En tanto, en Comodoro Py, el TOF 2 avanza el segundo pedido de decomiso por el Ministerio Público Fiscal, sobre 141 propiedades. En ese contexto la familia Kirchner reclamó que no se avance sobre el departamento de San José 1111, los dólares de Florencia Kirchner, el hotel Alto Calafate, la residencia de Río Gallegos, entre otros inmuebles.

Para que las posibles propiedades que serán embargadas no pierdan valor, el Tribunal integrado por los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso, ordenó un embargo preventivo sobre un conjunto de inmuebles, que incluye el departamento del barrio de Monserrat.

Este lunes, tras la apelación interpuesta por la familia Kirchner, la Cámara de Casación rechazó los argumentos del abogado Carlos Beraldi y dejó firmes los embargos preventivos.

Con la firma de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, la Cámara rechazó un planteo de la defensa de la ex President, en contra de los embargos preventivos dispuestos sobre distintos inmuebles pertenecientes a Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., en el marco de la ejecución patrimonial de la causa Vialidad.

La decisión que tomó el TOF 2 se enmarca en el proceso destinado a hacer efectivo el decomiso, cuyo valor fue actualizado en 684.990.350.139,86 pesos.

El Tribunal había ordenado el 11 de agosto embargar preventivamente diversos inmuebles de Hotesur y Los Sauces mientras se resuelve si corresponde su decomiso definitivo. Entre ellos se encuentra el departamento de San José 1111 en el que actualmente reside Cristina Kirchner, además de propiedades ubicadas en Puerto Madero y distintas localidades de Santa Cruz.

Los inmuebles pertenecen a las dos empresas familiares que tienen como accionistas a Máximo y Florencia Kirchner. Los abogados defensores consideraron que las propiedades incluidas en la segunda tanda de decomisos solicitadas por el fiscal general, Diego Luciani “no constituyen instrumentos, producto ni provecho del delito investigado en Vialidad”, motivo por el cual se cuestionó que puedan ser cautelados con miras a un eventual decomiso.

Al momento de analizar tales argumentos, la Sala IV del máximo tribunal penal sostuvo que no tienen sustento. Se indicó en la resolución que lo único que puede ser sometido a revisión era el embargo preventivo y no el decomiso definitivo de los bienes, cuestión sobre la que el tribunal oral todavía no se pronunció.

Recordó que, como regla, las medidas cautelares “no constituyen sentencias definitivas ni habilitan por sí mismas la intervención de Casación”.

En particular, el tribunal consideró que el eventual perjuicio sobre la situación habitacional de Cristina Kirchner es, por el momento, “meramente eventual y conjetural”, dado el carácter cautelar, patrimonial y provisional del embargo.

La decisión del TOF 2

Los jueces del TOF 2 rechazaron una serie de planteos del abogado de Máximo y Florencia Kirchner con los que buscaba suspender el avance de un segunda instancia de decomisos y las medidas cautelares dictadas, hasta tanto se pronuncie la Corte Suprema sobre la primera tanda de 111 bienes que tiene orden de ejecución patrimonial.

El Tribunal rechazó el recurso al señalar que la ejecución de una sanción penal firme no se paraliza por la mera presentación de una queja y que el antecedente que esgrimió la defensa, del fuero Civil y Comercial, no guarda ninguna relación con el decomiso que tramita en la instancia federal penal.

Los planteos interpuestos por la familia Kirchner pretendían impedir el decomiso de una segunda tanda de bienes, que incluye el departamento del edificio de San José 1111, el hotel Alto Calafate -propiedad de Hotesur SA-, la residencia de los Kirchner en El Calafate y el chalet de Río Gallegos, entre otros bienes inmuebles.

El abogado de Máximo y Florencia Kirchner pidió, además, la suspensión de los embargos preventivos dictados sobre las compañías familiares: Hotesur y Los Sauces SA, ambas firmas investigadas por lavado de dinero. La defensa entiende que como la Corte no se pronunció sobre la primera orden de ejecución patrimonial, se debería esperar esa decisión.

Respecto a este punto, señaló el TOF 2, los magistrados recordaron que la ejecución de decomisar bienes responde a “una pena accesoria de las condenas impuestas mediante la sentencia del 6 de diciembre de 2022, actualmente firme. Esa ejecución no admite ser paralizada con el alcance general solicitado”.

Otro aspecto cuestionado por la defensa fue la determinación de decomisar determinados bienes registrables de titularidad de Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., pero los jueces recordaron al abogado que eso aún “no fue objeto de traslado y sustanciación”, ya que falta la tasación que se ordenó sobre tales propiedades y después de ello el TOF 2 pedirá la opinión de las defensas para finalmente resolver si ordena la ejecución patrimonial de una segunda tanda de bienes.



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