La Sala D de la Cámara Nacional en lo Civil debe decidir en los próximos días si habilita la llegada a la Corte Suprema de la pelea judicial por la mudanza de la sede social de la AFA a un predio baldío de Pilar, que el Gobierno nacional a través de la Inspección General de Justicia y la Procuración del Tesoro de la Nación objeta contra los intereses de Claudio “Chiqui” Tapia.

En un escrito de 37 páginas firmado por la apoderada de la IGJ, el del Ministerio de Justicia y el procurador Sebastián Amerio -hombre de máxima confianza del asesor presidencial Santiago Caputo-, el recurso extraordinario sostiene que la decisión de la Cámara “genera un grave precedente que debilita el poder de policía de todas las personas jurídicas en la República Argentina, instalando un sistema de competencia asimétrica entre agencias estatales y propiciando la impunidad fiscalizadora a través de la relocalización de domicilios de fantasía”.

Para los representantes del Estado Nacional, la justicia civil convalido erróneamente un cambio de domicilio decidido unilateralmente por la AFA con el fin de sustraerse al control societario de la IGJ, que había identificado graves irregularidades en los papeles de la entidad deportiva y falta de información administrativa y financiera clave en los varios balances. Incluso, denunció la falta de presentación de algunos de esos balances, desde luego obligatorios legalmente.

Los apoderados le piden a la Corte que intervenga en base a cinco agravios federales, que justificarían esa participación en el expediente. Entre ellos, la “arbitrariedad” de la sentencia de la Cámara Civil que aceptó la mudanza de la AFA.

A su vez, AFA afirmó que “no existe cuestión federal alguna que habilite la competencia excepcional de la Corte, y añadió que la sentencia de los camaristas Gabriel Rolleri, Maximiliano Caia y Juan Manuel Converset no negó “la existencia de las facultades legales de la IGJ, no declaró la invalidez de las normas que las establecen ni privó al organismo de ninguna de sus atribuciones”, sino que examinó “si, en las circunstancias concretamente comprobadas en la causa, habían sido ejercidas dentro de los límites establecidos por el ordenamiento jurídico”.

Justamente eso es lo que reclama el gobierno: que Tapia y su equipo manipularon un supuesto cambio de sede para sustraerse a los controles de la IGJ.

La discusión de fondo gira alrededor del cambio de domicilio de la entidad desde su histórica sede de la calle Viamonte, en la ciudad de Buenos Aires, hacia un predio ubicado en Pilar. Predio y no inmueble, porque en la dirección que la AFA denuncia como sede apenas hay un cartel clavado en medio del pasto. Así de vertiginoso fue el apuro por ¿escaparse? de la mirada nacional.

El traslado fue aprobado por unanimidad en la Asamblea General de la AFA el 17 de octubre de 2024 y luego inscripto por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense. La Cámara Nacional en lo Civil entendió que el control de legalidad de la Asociación pasó a la provincia de Buenos Aires. Pero nada de eso fue convalidado por la IGJ, cuyo visto bueno -a través de la aprobación de todos los balances y papeles- es necesario para que la mudanza de distrito no sea cuestionada por fraudulenta.

El Estado nacional planteó que el fallo que avaló la mudanza convalidó “un domicilio provincial por encima de la realidad fáctica constatada por los inspectores del Estado” y cuestionó que se haya aceptado el traslado pese a la “inexistencia de oficinas reales de administración de la AFA en Pilar, al momento de la fiscalización”.

La AFA aseguró que la acusación carece de sustento. También sostuvo que, una vez inscripto el cambio de jurisdicción por parte de la autoridad bonaerense, el control permanente sobre la entidad quedó radicado en la provincia de Buenos Aires y ya no en la órbita nacional.

Además de pedir que no se conceda el recurso extraordinario, la entidad dejó asentado que si la Cámara habilita la instancia federal, solicitará a la Corte Suprema que confirme el fallo que anuló la Resolución Particular 140/26 de la IGJ y también la resolución del Ministerio de Justicia de la Nación que había designado veedores en la AFA por 180 días.



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